16.10.11

CENSURA INDIRECTA EN SALTA




NO existen en la  Provincia de Salta normas que regulen  el contenido y la distribución de la Publicidad Oficial. Ello posibilita la censura indirecta de los medios de comunicación salteños.



 La ausencia de normas que garanticen que la pauta publicitaria sea distribuida de manera transparente y clara facilita que sea utilizada como instrumento de presión política. Esta práctica que violenta la libertad de expresión se llama Censura Indirecta.


La Asociación por los Derechos Civiles ha afirmado que Las presiones a medios de comunicación y periodistas ejercidas mediante la asignación o el retiro de pauta publicitaria estatal han cobrado especial notoriedad pública en nuestro país en los últimos tiempos.”

Señala esta prestigiosa Asociación que La censura indirecta se ha convertido, en los últimos años, en objeto de debate creciente en todo el mundo, y en particular en nuestro hemisferio.”

“Esto refleja una realidad en la que los métodos más frontales y directos de presión gubernamental -como el cierre de medios, los ataques físicos y asesinatos, o los procesos judiciales contra periodistas- han declinado en pos de mecanismos más sofisticados, más complejos y menos visibles para silenciar a las voces críticas.” (fuente: http://www.censuraindirecta.org.ar/sw_contenido.php&id=139)

Dentro de estas “sutiles” formas de censura se encuentran las presiones por medio de la distribución de la publicidad oficial. Estas prácticas consisten en asignar o retirar pautas publicitarias para beneficiar a medios y periodistas afines o castigar a los críticos y condicionar, de este modo, el contenido de sus expresiones.

Es obligación constitucional de los Poderes del Estado garantizar la vigencia plena de la libertad de expresión implementando las medidas que resulten adecuadas para evitar las acciones que directa o indirectamente tiendan a restringir la libertad de expresión y la libertad de prensa. La Convención Americana sobre Derechos Humanos prohíbe específicamente la restricción de la libertad de expresión “por vías o medios indirectos”

La censura indirecta es posible por la ausencia de normas que otorguen transparencia y claridad en la planificación, producción y distribución de la publicidad oficial.

La ausencia de regulación, posibilita también que se distorsione su finalidad o razón de ser.


La Publicidad Oficial: Su uso abusivo y distorsionado

La publicidad oficial debe ser entendida como un canal de comunicación entre el Estado y la población. Su propósito es: difundir las políticas, programas, servicios e iniciativas gubernamentales; promover el ejercicio de los derechos y el cumplimiento de los deberes de los ciudadanos; incidir en el comportamiento social y estimular la participación de la sociedad civil en la vida pública y, en general, informar sobre cualquier hecho que sea de relevancia pública”  

La publicidad oficial no debe promover -explícita o implícitamente- los intereses de ningún partido político ni del gobierno, ni estar al servicio de destacar sus logros de gestión.

Es decir, los fondos destinados para publicidad oficial no pueden ser utilizados para hacer propaganda política

La publicidad oficial tampoco debe ser usada como un mecanismo destinado al sostenimiento económico de los medios de comunicación. (fuente: http://www.censuraindirecta.org.ar/sw_contenido.php&id=139)


Antecedentes legislativos de regulación en Argentina

En el ámbito nacional no existe aún una norma que regule la distribución de la pauta publicitaria. Hoy, en virtud del Decreto 984/2009 el manejo de la pauta oficial nacional se haya concentrado en la Secretaría de Medios de la Nación.

En el ámbito de las provincias argentinas cabe resaltar que se han dictado normas regulatorias de esta materia en Río Negro y Tierra del Fuego, Chaco, Entre Ríos y Neuquén.


Situación en Salta

En Salta, como ya adelantamos, existe un vacío legal en la materia, lo que permite al Gobierno Provincial distribuir la publicidad oficial a su antojo, asignando o retirando “pautas” para beneficiar a los medios afines o para castigar o condicionar a quienes no lo son.

Existen proyectos de regulación de la publicidad oficial presentados y que esperamos sean tratados y discutidos por nuestros representantes.

Entre ellos cabe citar los proyectos de ley presentados por la Diputada Provincial Virginia Cornejo (PPS), por el Senador Provincial, Raúl Bartolomé García (UCR). En el ámbito municipal se destaca el proyecto de ordenanza presentado por el Concejal de la Ciudad de Salta, Roque Rueda (PPS), también cabe mencionar el proyecto presentado por el Concejal Carlos Saravia (UCR)

Semanas atrás hemos solicitado al Gobierno de la Provincia información a fin de conocer cuánto gasta y con que criterios se distribuye la pauta oficial. Todavía esperamos la respuesta.


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