27.6.12

Gastos en Publicidad Oficial: El Informe que la Municipalidad de Salta presentó ante la Justicia



Como informaramos en una nota publicada el 6 de mayo de 2012, el 28 de Diciembre de 2.011 solicitamos al Secretario de Hacienda y al Subsecretario de Prensa de la Municipalidad de la Ciudad de Salta informes sobre los gastos de publicidad oficial.
 
Ante la falta de respuesta reiteramos tales pedidos en dos oportunidades, la primera el día 15 de febrero y la segunda el 23 de marzo de 2.012.

Pese a tales presentaciones, y ante el silencio de la Secretaría de Hacienda Municipal y de la Subsecretaría de Prensa, el pasado 4 de mayo, pusimos en conocimiento del Intendente Miguel Isa tales circunstancias. Le solicitamos también que arbitre los medios necesarios a fin de que se nos brinde la información oportunamente requerida en un plazo no mayor de cinco días hábiles.

Luego de tal presentación obtuvimos respuesta sólo de la Secretaría de Hacienda, dependencia nos permitió accceder a las partidas presupuestarias de publicidad oficial. La Subsecretaría de Prensa, sin embargo optó por no responder. Por ello, el 22 de mayo realizamos una última presentación, comunicacndo al Intendente Isa de que en caso de silencio o negativa, iniciaríamos acciones judiciales.



La acción de amparo

 

Debido a la falta de respuesta, el 13 de junio  inicamos acción de amparo contra la Municipalidad de la Ciudad de Salta ante el Juzgado en lo Civil y Comercial de 7º Nominación. Solicitamos a la Justicia que  se le ordene a la demendada a  entregar la siguiente documentación: 1) Copias de las resoluciones emitidas por la Subsecretaría de Prensa mediante las cuales se haya aprobado contrataciones de publicidad y propaganda durante el año 2.011 y 2) Copias de las constancias de órdenes de pago que se haya librado a agencias de publicidad, medios gráficos, radiales, televisivos, sitios de Internet, y vía pública durante el año 2.011.

El 22 de junio de 2.012, la Municipalidad de Salta al contestar la demanda resolvió acompañar la documentación solicitada. (un listado de medios de 42 carillas con el detalle de los gastos de publicidad correspondiente al año 2.011). Dicha documentacion ha sido puesta a nuestra disposición en el día de hoy. (27/06/12).-


En los próximos días, publicaremos el detalle de los gastos de publicidad oficial, dando comienzo así al monitoreo de la distribución de la pauta oficial en el ámbito de la Municipalidad de la Ciudad de Salta.
 

24.6.12

Listado de Medios del Gobierno de Salta: Páginas de Internet



Publicamos hoy la lista de páginas de internet con las cuales el Gobierno de la Provincia ha contratado publicidad oficial. Con esta publicación concluye la lista de medios que la Secretaría de Comunicación ha acompañado a la Justicia en cumplimiento de la sentencia dictada en su contra. 

La lista es heterógenea: Estan incluidas en la lista diarios digitales de reconocida trayectoria, como es el caso de Iruya.com o Copenoa.com.ar, con otros medios que no son estrictamente diarios digitales, como es el caso de páginas web de algunas radios, de instituciones deportivas, de la ONG CEAPRE y otras paginas díficiles de catalogar o ignotas.

22.6.12

Lista de Medios del Gobierno: Diarios, Revistas, Semanarios


Publicamos hoy la lista de medios gráficos de Capital, del Interior y Nacionales con los cuales - según lo informado por la Secretaría de Comunicación a la Justicia - el Gobierno tiene contratada pauta oficial. 

Hemos podido constatar algunos ausentes en el listado, tales como la Revista MAS, o la Revista EVENTOS, que aunque no aparecen en la lista, de otras documentaciones (resoluciones, órdenes de publicidad) surge que reciben pauta oficial.

21.6.12

Listado de Medios del Gobierno de Salta: Las Radios de Capital y del Interior



Publicamos el listado de radios de Salta Capital y del interior de la Provincia con los que el Gobierno tiene contratado publicidad oficial.

Según surge de la lista, en Salta Capital son 60 las radios que reciben pauta. En el interior, el número asciende a 72.

20.6.12

Listado de medios del Gobierno de la Provincia: "Medios Nacionales"





Publicamos el listado de Medios Nacionales con los que la Provincia tiene contratado publicidad oficial. Inclúimos también a los medios que la Secretaría de Comunicación ha incluído bajo la denominación "Turismo".

Cotejando la información brindada en la lista, con otros documentos expedidos por la Secretaría de Comunicación (resoluciones, ordenes de publicidad) encontramos que se ha omitido incluir a muchos medios que han sido contratados para realizar promoción turística: tales como: Discovery, National Geographic, Sony, Warner, Universal, Fox Sport, entre otros.

Tambien enocntramos que se incluye como "medio nacional" al diario digital El Intransigente, medio que debería estar incluído en el rubro - contemplado en la lista - de "páginas web" y a FM Simphony 91.3, radio barrial de Capital Federal, que ha sido creada - según surge de su página web- "para expresar las necesidades de Zona Norte" y que no tiene alcance "nacional"
(ver: http://www.fm913.com.ar/)

Medios Nacionales  La Nación
Medios Nacionales  Canal 26
Medios Nacionales  FM 91.3 Radio Simphony
Medios Nacionales  Argentinisima Satelital
Medios Nacionales  Ambito Financiero
Medios Nacionales  Canal Rural
Medios Nacionales  El Intransigente
Tipo de Medio Medio
Turismo Radio Uno 103.1
Turismo  FM Milenium 106.7
Turismo Revista Corsa
Turismo Neuquen.com
Turismo Auspicio redes sociales
Turismo Diario El Civico Buenos Aires
Turismo La Agencia Viajes
Turismo Auspicio Turismo
Turismo Argentinisima Satelital
Turismo Radio Mitre
Turismo Radio Blue
Turismo Banners Home Page Clarin Viajes
Turismo Revista Lan
Turismo Carteleria Via Publica

Listado de medios del Gobierno de Salta: "EVENTOS"


Publicamos hoy la segunda parte del "listado" de medios que el Gobierno de Salta ha acompañado a la Justicia en cumplimiento de la sentencia recaída en los autos "Guzmán Gonzalo c/ Secretaría de Comunicaión s/ Amparo" Expediente Nº 385.354del Juzgado Civil y Comercial de 7ª Nom.

Como señalamos en  nota anterior en el "listado" la Secretaría de Comunicación  distingue los siguientes tipos de "medios": a) Eventos, b) Grafico (diarios, revistas, semanarios) c) Medios Nacionales - se incluyen a radios, tv, y a medios gráficos); d) Radios de Capital y del Interior. e) Television Nacional, de Capital y del Interior; f) web (páginas web, diarios digitales). Entre estos "tipos de medio" se ha incluido en la lista a "Turismo". Ignoramos la razón.
 
 
 
TIPO DE MEDIOS: EVENTOS (SIC)
 
Si bien los "eventos,  tales como un recital de Sabina, un torneo de golf, o el Festival de la Chicha, no son técnicamente medios, la Secretaría de Comunicación no ha tenido ningún escrúpulo en incluir una serie de eventos a la lista de medios que ha acompañado al expediente y con los cuales, según ha manifestado, tiene contrtada publicidad oficial.
 
Es evidente que la Secretaría de Comunicación incurre en una increíble confusión - inexcusable por cierto, si tenemos en cuenta que quiénes la dirigen son licenciados en comunicación- Es evidente que los "eventos" no son “medios”  y que los aportes económicos que se pagan a quienes organizan tales evento no son pauta o publicidad oficial sino "auspicios"
 
Volvemos a repetir lo ya dicho en una nota anterior  Si la Provincia está interesada en promacionar el deporte, la cultura  -cosa que nos parece muy bien - puede legitimante brindar su auspicio económico a través de los canales institucionales correspondientes, y utilizando la partidas presupestarias que se hubiesen establecido para ese fin pero nunca utilizar para ello el presupuesto que se ha previsto destinar a la publicidad oficial. Ello por la sencilla razón de que la publicidad oficial está para otra cosa: como muy bien se señala en los considerandos del decreto 57/02, la finalidad de todo sistema de distribución de la publicidad oficial es la de resguardar adecuadamente el derecho constitucional de libertad de expresión y el acceso a los ciudadanos a ser informado desde una amplia diversidad de opiniones.

Realiazadas estas consideraciones previas, ponemos a disposición la lista de eventos con los que la Provincia, según afirma, tiene contratada publicidad oficial:
 
 
 


Tipo de medio


Medio
Evento Capital Auspicio Salta a la Vista
Evento Capital Auspicio  
Evento Capital El Hombre es más fuerte
Evento Capital Banners Salud
Evento Capital La Voz en el estadio
Evento Capital Auspicio Inta Expone
Evento Capital Festival No a la Droga
Evento Capital Via Pública Pantalla
Evento Capital Auspicio Carteles La Loma Futbooll
Evento Capital Institucional Deportista del Año
Evento Capital Auspicio Video
Evento Capital Auspicio Recital
Evento Capital Auspicio Cartelería
Evento Capital Auspicio Banners
Evento Capital Auspicio Banners Fiesta Poncho
Evento Capital Auspicio Recital Sabina
Evento Capital Auspicio Torneo de Golf
Evento Capital Auspicio Soñando por Cantar
Evento Capital Bannners encuestas
Evento Interior Auspicio Festival de la Chicha
Eventos Nacional Servicio de Auditoría
Eventos Nacional
Audiroría de Medios Banners

19.6.12

Distribución de la Pauta Oficial: El Listado de Medios que el Gobierno de la Provincia presentó ante la Justicia




Juan Pablo Rodriguez, Secretario de Comunicación de la Provincia de Salta

El decreto 57/02 establece en sus considerandos que “…a los efectos de resguardar adecuadamente el derecho constitucional de libertad de expresión y el acceso a los ciudadanos a ser informado desde una amplia diversidad de opiniones, corresponde efectivizar la publicidad de los actos de gobierno a través de los medios de mayor audiencia o penetración en cada localidad a la que esté destinada a abarcar.”


Consecuentemente con ello el art. 1º establece que: “…la difusión de normas y actos de gobierno que efectúe el Estado se hará respetando como pauta orientadora, la distribución de las contrataciones entre los medios de mayor audiencia y penetración en las localidades destinatarias, procurándose la mayor difusión a través de la más eficiente aplicación de los recursos disponibles.


 El art.  2º del Decreto 57/02 establece que la Secretaría de Prensa y Difusión deberá elaborar y mantener actualizado un listado de medios en los que se reflejen las pautas establecidas en el artículo precedente. 

Con el objeto de conocer el grado de cumplimiento de esta normativa solicitamos a la Secretaría de Comunicación una serie de documentos, entre otros, la lista de medios que se hubiese elaborado en cumplimiento de lo dispuesto por el decreto 57/02.-


La reticiencia del Secretario de Comunicación, Juan Pablo Rodríguez, nos obligó a interponer una acción de amparo ante la Justicia. 

El lunes 4 de junio la Jueza Beatriz Olmo de Perdiguero resolvió hacer lugar a la acción de amparo y en su mérito condenar a la Secretaría de Comunicación de la Provincia de Salta para que dentro del término de cinco días de notificada proceda a entregar la información debidamente documentada, bajo apercibimiento de incurrir en desobediencia judicial y de aplicar sanciones conminatorias.



CONTESTACIÓN DE LA SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN EN CUMPLIMIENTO DE LA SENTENCIA 


La Secretaría de Comunicación, en cumplimiento de la sentencia presentó un escrito en el que formuló una serie de consideraciones.
Respecto de la lista de medios, la Secretaría de Comunicación señaló “si se considerase que la sentencia impone la presentación de un listado de medios de mayor audiencia y penetración en las distintas localidades de todo el territorio provincial (artículo 1º Decreto 57/02), cabe señalar que nunca existió ni existe en la actualidad ningún organismo oficial o empresa privada que realice este tipo de mediciones de audiencia en la Provincia de Salta. Solamente IBOPE Argentina es la única medidora de audiencia existente en nuestro país, la que no realiza mediciones en la Provincia de Salta”



Por ello consideró la Secretaría que la pretensión de que se efectuase un informe al respecto “…constituiría sencillamente la imposición de una obligación de cumplimiento imposible.”



Luego de realizar tal afirmación la Secretaría de Comunicación señaló: "Sin perjuicio de lo cual y a los efectos pertinentes acompañamos el listado de medios con los cuales la Secretaría de Comunicación tiene contratado publicidad de los actos de gobierno y demás pauta oficial, siguiendo para ello las pautas orientadoras establecidas en el Decreto Nº 57/02." Pidiendo con ello, "se tenga por cumplido lo ordenado por V.S."

El escrito lleva la firma de Horacio José Zenarruza, Coordinador General de la Secretaría de Comunicación de la Provincia.


El interrogante


La pregunta que surge es la siguiente: ¿Si la Provincia como reconoció ante la Justicia no realiza mediciones de audiencia, como puede contratar publicidad oficial siguendo las pautas orientadoras del Decreto 57/02?

Lo desconocemos.

Lo que podemos afirmar con certeza es que la contestación de la Secertaría es reveladora de graves incumplimientos. Ha quedado en evidencia en el expediente judicial que el Gobierno distribuye la pauta sin cumplir en lo más mínimo lo dispuesto por la normativa vigente. La publicidad oficial se otorga en Salta de manera discrecional y arbitraria.


Auspicios y Publicidad Oficial: ¿Es lo mismo?: 




La Secretaría de Comunicación en la lista acompañada al expediente incluye como “medios” a las acciones de promoción o auspicio que realiza el Gobierno respecto de eventos de distinta naturaleza, tales como festivales, torneos de golf, futbool, etc.  Tales "auspicios" no pueden ser considerados como "pauta o publicidad oficial" y los festivales, y demás eventos, tampoco pueden considerarse "medios". Ello sería una afrenta a todos los que ejercen el periodismo en nuestra Provincia.

Tales auspicios debes canalizarse a través de otros mecanismos y a través de otras areas del Gobierno. Si la Provincia está interesada en promacionar el deporte por ejemplo - cosa que nos parece muy bien - puede legitimante brindar su auspicio económico a través de los canales institucionales correspondientes, y utilizando la partidas presupestarias que se hubiesen establecido para ese fin pero nunca utilizar para ello el presupuesto que se ha previsto destinar a la publicidad oficial.


La publicidad oficial está para otra cosa: como muy bien se señala en los considerandos del decreto 57/02, la finalidad de todo sistema de distribución de la publicidad oficial es la de resguardar adecuadamente el derecho constitucional de libertad de expresión y el acceso a los ciudadanos a ser informado desde una amplia diversidad de opiniones.



EL "LISTADO" DE MEDIOS DEL GOBIERNO DE SALTA

 

 Pondremos a disposición en esta y en sucesivas notas el "listado" que ha acompañado el Gobierno a la Justicia.


El "listado" del Gobierno distingue los siguientes tipos de "medios": a) Eventos, b) Grafico (diarios, revistas, semanarios) c) Medios Nacionales - se incluyen  a radios, tv, y a  medios gráficos); d) Radios de Capital y del Interior. e) Television Nacional, de Capital y del Interior; f) web (páginas web, diarios digitales)
Como "tipo de medio" se ha incluido en la lista a "Turismo". Ignoramos la razón.

A continuación transcribimos el listado de los medios televisivos. (En los próximos días publicaremos el resto de esta "lista". El día 20/06/12: "Eventos", "Medios Nacionales" y "Turismo". El día 21/06/12: radios de Capital y radios del Interior. El día 22/06/12: Páginas web


Listado de Canales de Telvisión con los cuales la Secretaría de Comunicación tiene contratado publicidad oficial




 

              




CANALES DE TV DE SALTA CAPITAL Y  DEL INTERIOR DE LA PROVINCIA                                            
Television Capital Cablevisión

Television Capital Canal 9 Multivision
Television Capital La Cigarra Radio
Television Capital Cableexpress
Television Capital Canal 12

Television Capital Canal 11 Salta
Television Capital Canal 7 - Salta
Television Capital Tartagal Noticias
















Television Interior Canal 10 Norte Vision Rosario de L.  
Television Interior Canal Veo seis Canal 6 TV R.
Television Interior Clara Victoria TV - Las Lajitas
Television Interior Telecable Regional Salta
Television Interior Canal 11 Aguaray
Television Interior Canal 7 de Güemes
Television Interior V.T.S. Canal 2 ELADE J.V. Gonzalez
Television Interior Canal Spacio Metan
Television Interior Canal 7 Tartago
Television Interior Canal 9 Vaqueros
Television Interior Canal 4 - Güemes
Television Interior Canal 10 Embarcación
Television Interior Canal 10 Radio Coronel Moldes
Television Interior Cablevision de Rosario de la Frontera
Television Interior Canal 2 - Güemes
Television Interior Canal LRK 702
Television Interior Canal 7 Rosario TV 
Television Interior Canal Comunitario 12 Tartagal
Television Interior Video Tar - Tartagal
Television Interior Video Cable Irigoyen Pichanal
Television Interior Canal 7 Salvador Mazza
Television Interior Norte Vision - Rosario De Lerma
Television Interior Canal 7 Embarcación
Television Interior Canal TV Comunitario Siancas
Television Interior Mosconi TV a Color Canal de C
Television Interior Canal 3 Multivision San A. de los C.
Television Interior Televisora Anta Vision Apolina

13.6.12

LOPEZ VIÑALS Y LOS GASTOS RESERVADOS



Nuestro amigo el ex Concejal Roque Rueda nos ha hecho llegar unas palabras relativas a una materia que entendemos hace al corazón de nuestra lucha por la transparencia. Las transcribimos, por ende, íntegramente a continuación:


En los últimos tiempos el Ministerio Público se ha puesto de moda. Lamentablemente ello ha sido consecuencia de los entretelones de la salida del Procurador General de la Nación, Dr. Esteban Righi, y la postulación finalmente malograda del Dr. Reposo.

La circunstancia tiene su lado bueno, y es que la ciudadanía ha vislumbrado la importancia de ese verdadero cuarto poder, titular de la acción penal pública y encargado de velar en general por la legalidad y el cumplimiento de la Constitución.

En Salta también  tenemos un Ministerio Público, dirigido actualmente por el Procurador General Pablo López Viñals.

Creo útil referir la actuación de este funcionario en dos causas que tuvieron estado público. Seguramente servirá para ilustrar la importancia de que esos puestos estén ocupados por personas comprometidas con su función.

Las acciones de inconstitucionalidad

1.    La primera acción
A principios de 2010 interpuse acción ante la Corte de Justicia solicitando se declarase la inconstitucionalidad de los llamados “superpoderes” presupuestarios del Intendente y de los “gastos reservados”, esto es, la eximición de rendir cuentas del uso que se dé a una partida varias veces millonaria del presupuesto municipal.

Utilicé para ello una herramienta procesal muy buena que tiene nuestra Constitución Provincial: la acción popular de inconstitucionalidad. La característica particular de esta acción consiste en que cualquier “habitante” – ésa es la palabra usada por la Constitución – puede pedirle a la Corte que declare la inconstitucionalidad de una norma, sin necesidad de acreditar ningún tipo de interés o derecho personal afectado.

Luego de un trámite engorroso, demorado a propósito por la Municipalidad, el expediente quedó en condiciones de dictar sentencia, por lo que se remitió, como es de rigor, a la Procuración General, para su dictamen previo.

En el expediente se había probado que muchos millones de pesos se denuncian como gastados, pero no se rinde en qué fueron gastados. 

En esa ocasión, en un brevísimo dictamen, el Procurador General indicó que a su juicio la cuestión se había tornado abstracta, por cuanto el Ejercicio Presupuestario 2010 ya había concluido, y que por ende no había que dictar sentencia.

La postura era absurda: precisamente lo que se discutía era la constitucionalidad de que ciertos funcionarios pudieran ejecutar ciertas partidas sin rendir cuentas luego. Obviamente, la rendición de cuentas es siempre posterior a la conclusión del ejercicio.

En setiembre de 2011 la Corte dictó un fallo dividido. Cuatro jueces (Garros Martínez, Catalano, Ferraris y Cornejo) inventaron una interpretación de la acción popular, y concluyeron en que yo, por ser concejal, no podía acudir a la justicia a plantear la inconstitucionalidad. Los otros tres (Posadas, Vittar y Díaz) dijeron que esa interpretación era arbitraria, que yo estaba perfectamente legitimado, y en lo que respecta a los fondos reservados propusieron declarar su inconstitucionalidad, haciendo referencia incluso a que existía una posible violación a la Convención Interamericana contra la Corrupción.

Ante esta circunstancia interpuse el Recurso Extraordinario Federal. Como para entonces se había retirado de la Corte la Dra. Garros, las posturas quedaron empatadas. Se convocó por sorteo a una conjuez, la Dra. Ibañez de Alemán, y esta vez la balanza se inclinó del otro lado. Cuatro jueces (Posadas, Vittar, Díaz e Ibañez) concedieron el recurso, indicando que se trataba de una cuestión de gravedad institucional.

Una nueva chicana de la Municipalidad ha demorado hasta ahora la elevación de los autos a la Corte Suprema de la Nación, pero es de confiar que en unas pocas semanas más eso estará sucediendo.

2.    La segunda causa

El Procurador General, de todos modos, tuvo una segunda oportunidad de opinar sobre el asunto cuando llegó para su dictamen - a principios de este Junio - la causa idéntica que inicié respecto de la Ordenanza Presupuestaria 2011.

Esta vez, a pesar de tratarse de una situación similar a la anterior, López Viñals no recomendó tener a la acción por abstracta, sino sencillamente rechazarla, y ello nuevamente sin entrar en el fondo de la materia planteada.

Para ello recurrió exclusivamente al voto de la mayoría de la causa anterior, y concluyó en que yo, por ser concejal, no podía utilizar la acción prevista para todos los “habitantes” por la Constitución Provincial.

Lo que está en juego

Esta segunda salida del Procurador General demuestra que lo que buscó desde la primera vez fue evitar un pronunciamiento – propio y de la Corte – sobre el fondo del asunto.

El argumento de la falta de legitimación no resiste el menor análisis, porque la propia letra de la Constitución habilita a cualquier habitante a recurrir a la Corte. 

Por otro lado, es sugestivo que el Procurador haya tomado ese voto de una ajustada mayoría como un criterio interpretativo firme, conociendo perfectamente que la misma Corte – con el sólo cambio de un miembro – estimó luego procedente el Recurso Extraordinario interpuesto contra la sentencia que fijó ese criterio.

Pero sobre todo, no puede perderse de vista quién es el Procurador General en el Ministerio Público. Se trata del jefe de todos los fiscales de la Provincia. Y ese jefe de los fiscales, teniendo a la vista un expediente donde se acredita la existencia de fondos que giran en negro en el Estado, no sólo no toma cartas en el asunto sino que propone rechazar el planteo sin considerar la cuestión de fondo, no una sino dos veces.

Conclusión

Es grave la postura asumida por el Procurador, no sólo porque deja subsistente un sistema en el que se han venido gastando sumas millonarias sin rendición, sino porque tiende a destruir un instrumento valiosísimo de nuestra Constitución, que es la acción popular.

Los funcionarios deben saber que están sujetos al escrutinio de los ciudadanos. No tomará a mal, entonces, el Procurador General, estas palabras. 

Por otro lado, si como Concejal, en su opinión, yo no podía acudir a la justicia, tal vez me reconozca el derecho de recurrir – como ciudadano – a la opinión pública.

Roque Rueda

9.6.12

Publicidad Oficial del Gobierno de la Provincia: Irregularidades que asombran

Si bien el Decreto 57/02 establece que la publicidad oficial debe distribuirse respetando como pauta orientadora la distribución de las contrataciones entre los medios de mayor audiencia y penetración en las localidades destinatarias, procurando la mayor difusión de las normas y de los actos de gobierno a través de la más eficiente aplicación de los recursos disponibles, hemos encontrado en la tarea de monitoreo que sobre esta materia venimos desarrollando, una serie de órdenes de publicidad que nos han llamado la atención.

Ello por varias razones, si bien la norma vigente establece que la pauta oficial debe distribuirse entre los “medios de mayor audiencia” y que su finalidad es difundir “las normas y actos de gobierno”, encontramos que en muchas ocasiones ha sido distribuida a personas físicas y sociedades que no son técnicamente “medios” y con finalidades distintas a la finalidad para la cual ha sido establecida. En efecto hemos constatado que en muchas ocasiones la Secretaría de Comunicación de la Provincia ha distribuido fondos destinados a publicidad oficial para auspicios de eventos o subsidios o bien para el pago de locaciones de servicios o de obra.



Ponemos aquí algunos ejemplos:

1º Ejemplo:





En Febrero de 2.011 la entonces Secretaría de Prensa y Difusión emitió dos órdenes de publicidad (Nº 637 y 638) por un total de $ 50.000 a favor de la firma PROTEL SRL, firma que integran Julieta del Rosario Teruel e Ignacio Barzola. En cada una de las órdenes se consignó que el medio emisor era “AUSPICIO NOCHEROS” y en el ítem “días de difusión”: Enero de 2.011.-
En tal ocasión la imputación se hizo al Ministerio de Turismo.


¿Se trató del pago de pago de publicidad oficial, del auspicio de un espectáculo público o del pago de cachet de artistas?



2º Ejemplo:


En noviembre de 2.011 la Secretaría de Prensa y Difusión emitió la orden de publicidad Nº 7.862, por un total de $ 4.000 a favor del Jockey Club de Salta. En la ocasión consignó que el medio emisor era: AUSPICIO BANNERS Y BOLSOS (sic) y en el ítem días de difusión: Noviembre de 2.011.-
La imputación se hizo al Ministerio de Gobierno.



¿Los Banners y Bolsos del Jockey Club de Salta se encuentran entre los medios de mayor audiencia y penetración?



3º Ejemplo:


También en noviembre de 2.011 se emitió una orden de publicidad a favor de un establecimiento educativo privado.

Se trata de la Orden Nº 7869 la que se emitió a favor del Colegio Nº 8187 “UZZI COLLEGE” por un total de $ 2.400



En la orden se consignó que el medio emisor era AUSPICIO ALMANAQUE. La imputación también se hizo al Ministerio de Gobierno.


4º Ejemplo



De manera mensual se emiten a favor de Carlos Eugenio Bustamante una serie de órdenes de publicidad. Las mismas no son para pagar estrictamente “publicidad oficial” sino los servicios por la realización de videos publicitarios.

La lista de ejemplos de esta naturaleza puede ser mucho más larga, pero esta pequeña muestra es reveladora que un tema tan sensible como es el de la distribución de la pauta oficial se maneja con liviandad y desapego a las normas. La misma es utilizada para fines sumamente diversos: Para auspiciar almanaques de colegios, bolsos y banners de clubes, para auspiciar eventos o espectáculos públicos, para pagar servicios profesionales, etc y no siempre para el fin para el cual ha sido instituída.


Seguiremos informando.




6.6.12

"El Hombre de Negro" Un artículo de Cuarto Poder



Bajo el título "El Hombre de Negro" Cuarto Poder publicó una nota sobre Eduardo Abel Ramos y sus declaraciones juradas. 

El disparador de la misma fue la solicitada que los hijos de Ramos acostumbran a publicar con motivo de su cumpleaños en el diario El Tribuno y la publicación en este blog de las declaraciones juradas del diputado y sindicalista. "Es un buen tipo mi viejo...! señalan los hijos de Ramos en la pública salutación a su padre y señalaron  "los que hablan mal del padre, lo hacen porque no lo conocen, ni saben quién es, ni de dónde viene." 




Ponemos a continuación a su disposición la nota de Cuarto Poder.


EL hombre de negro (por Cuarto Poder)

Noticias - Politica
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Con una solicitada en página impar en el Diario El Tribuno, los hijos del Eduardo Abel Ramos saludaron a su padre en el día de su cumpleaños. La fecha coincidió con la publicación, en un portal de la provincia, de la declaración jurada del actual sindicalista, diputado y empresario provincial. (por D.A.)
 
Fue hace una semana, pero la solicitada y la publicación de la declaración jurada tuvieron poco tratamiento mediático. Lo cierto es que los buenos cinco hijos de Eduardo Abel Ramos titularon al particular regalo de la siguiente manera: "Es un buen tipo mi viejo...! (ver El Tribuno, 15/5/12, pág. 19), y enfatizaron que los que hablan mal del padre, lo hacen porque no lo conocen, ni saben quién es, ni de dónde viene. La publicación que un portal de la declaración jurada del Secretario General de ATSA y actual diputado provincial, no ayuda a saber de dónde viene el ex enfermero, aunque sí deja en claro que su situación actual es bastante holgada.

Que Ramos es un empresario no quedan dudas. De que trata de disfrazar tal condición empleando los rótulos de Fundación, tampoco. Dos casos lo evidencian: uno lo representa la Fundación Trabajo y Solidaridad, que desde hace décadas gana las licitaciones gastronómicas y de limpieza en los hospitales públicos de la provincia. Aunque Ramos no preside esa fundación, todos saben que es el jefe de la misma.

El otro caso es el de la Fundación Madre Teresa de Calcuta, que (ésta sí) está presidida por el actual diputado y regentea el colegio del mismo nombre. Este último no sólo tiene un régimen de gestión privada que vende el servicio de la educación a sus estudiantes, sino que también desde el año pasado recibe del estado provincial un jugoso subsidio: $858 mil anuales, según el decreto Nº 4255/11 cuyo artículo 1 reza textualmente: "Otórgase a partir del 01 de Septiembre de 2011, un aporte estatal mensual fijo, incluyendo S.A.C., al Colegio Nº 8152 "Madre Teresa de Calcuta"-Salta-capital-, por la suma de $71.500,00 (Pesos Setenta y Un Mil Quinientos), en mérito a los considerandos expuestos precedentemente".

Por si eso fuera poco, la declaración jurada presentada por el ex enfermero y publicada por el portal Salta Transparente (ver saltatransparente.com) nos ilustra sobre otros tipos de ingresos que resultan extraños para la condición del simple trabajador. Publicadas las declaraciones de marzo del 2006 y abril del 2011, en ambas se deja asentado que el actual diputado es el propietario del 95% de las acciones de la firma PRASE S.A. que por diciembre del año 2004 poseía un patrimonio neto de $1.047.679. En la declaración jurada de abril del 2011, mientras tanto, se informa que el porcentaje de acciones de la firma PRASE S.A. se mantiene, aunque se precisa que las mismas están valuadas en $1.365.000. En esta última declaración se aclara algo que el documento del 2006 no se decía: esas acciones habían sido adquiridas en julio de 1996.

Esa condición explica el tranquilo vivir de quien es presidente de la Comisión de Salud de la Cámara de Diputados de la provincia. Y es que en la declaración del 17 de marzo del 2006, cuando el hombre fuerte de ATSA ya era diputado provincial, declaró como domicilio una propiedad adquirida en el año 1993 ubicado en la calle Los Peteribíes 362, del barrio Tres Cerritos. Junto a ese inmueble declaró poseer, también, un departamento ubicado en el mismo barrio (Los Nogales 373) adquirido en agosto del 2005 y otro ubicado en calle Alberdi 321, comprado en septiembre del mismo año.

En la segunda declaración, de abril del 2011, se informa que además de los inmuebles, Ramos contaba con $951.620 en efectivo. Con respecto a los bienes inmuebles, se declaran los ya declarados en el 2007, aunque se precisan mejor precios y fechas de adquisición: el de calle Los Petibiríes 362, adquirido por $230.877 en el año 1993; el de la calle Los Nogales 373 adquirido por $60 mil y el de la calle Alberdi 321 valuado en $120 mil.
Un detalle de color corona la segunda declaración: los muebles del hogar que el ex enfermero manifestó poseer están valuados en $68.124. De allí que los impuestos que la AFIP cobra al diputado provincial se calculen a partir de la suma de los valores de bienes inmuebles ($ 410.877,28), más el dinero en efectivo ($ 951.620) y el monto de bienes muebles ($ 68.124,86), cuya suma asciende a un total de $1.430.622,14.

En definitiva, Carlos Marx tendría algunos conflictos conceptuales si es que analizara la situación de Ramos. Resulta que a lo largo de su vida intelectual, el autor de El Capital elaboró una tesis que sostenía que el trabajador es aquel ser humano que careciendo de los medios de producción que posibilitan reproducir el capital, se ve obligado a vender para sobrevivir lo único que tiene (su fuerza de trabajo) a los empresarios que sí son dueños de esos medios de producción. Eduardo Abel Ramos se proclama un trabajador que ha logrado la representación sindical de sus compañeros, aun cuando lleva décadas convertido el dueño de las empresas que compra trabajo a trabajadores que en serio sudan para vivir.


Fuente:  http://www.cuartopodersalta.com.ar/index.php/politica/2640-el-hombre-de-negro.html