Crédito: Cámara de Diputados de Mendoza |
Lunes, 9 de abril de
2018
Los abajo firmantes solicitamos un
proceso abierto y participativo que garantice la designación de un candidato
con acreditados antecedentes, idoneidad e independencia para ocupar el cargo de
auditor titular de la Oficina de Investigaciones Administrativas y Ética
Pública de la Provincia de Mendoza, creada por Ley Nº 8993.
La oficina constituye un órgano
fundamental para la supervisión del correcto actuar en la función pública, para
el control de las presentaciones de declaraciones juradas, así como una
institución indispensable para garantizar la transparencia en todos los ámbitos
del Estado. Más aún, esta oficina velará por la transparencia en el actuar de
políticos, sindicalistas y contratistas del Estado. A lo dicho, debe agregarse
que si la Cámara de Diputados aprueba el Proyecto de Ley de Acceso a la Información
Pública, que ya cuenta con media sanción, también será esta oficina la
responsable de su implementación y cumplimiento.
Por ello, consideramos que la
designación debería ser realizada sobre la base de las características que
requiere la función de control propia del cargo: independencia de aquellos a
quienes debe controlar e idoneidad técnica.
Si bien la ley no lo prevé, esto
se facilitaría si se estableciera un procedimiento participativo, abierto y
transparente para que quien resulte seleccionada/o sea el/la mejor candidato/a
posible.
A fin de garantizar la
realización de un procedimiento de estas características, se proponen una serie
de acciones que se detallan a continuación.
1-
Instancia de
participación ciudadana para presentar propuestas de candidatos a ocupar el
cargo. Habilitar
una instancia de participación en la cual la ciudadanía pueda presentar
candidatos no considerados por el Poder Ejecutivo, que formen parte del proceso
de selección. Ello permitirá discutir y analizar las candidaturas de manera
razonada, garantizando que la persona designada sea la más idónea para ocupar
el cargo.
2-
Transparencia de las
candidaturas. Hacer
públicas las candidaturas, poniendo a disposición de la ciudadanía información
relativa a los perfiles y antecedentes de cada uno de los candidatos.
3-
Instancia previa a
la audiencia pública para presentar observaciones e impugnaciones a las
candidaturas. Instancia que permita la formulación de
preguntas a los candidatos, así como observaciones e impugnaciones a su
postulación.
4-
Respuesta por parte
de los candidatos a
las observaciones, impugnaciones y preguntas realizadas en la etapa previa,
pudiendo adjuntar pruebas o información adicional.
5-
Selección del candidato
a proponer por el Ejecutivo fundamentando la elección del mismo por sobre el
resto de los candidatos.
6-
Audiencia Pública: Realización de una Audiencia Pública en
cumplimiento de lo dispuesto por el Reglamento de la Cámara de Senadores para
las audiencias públicas, poniendo a disposición de la sociedad civil la
información prevista en el artículo 33 y demás disposiciones pertinentes.
7-
Tratamiento en
Senado para aprobar o no al candidato
El éxito de la
institucionalización de un órgano como el creado por la ley depende en buena
medida de su primer ocupante. Solo con independencia e idoneidad, se podrá
garantizar el principal objetivo que prevé la ley de “regular las normas de conducta que deben regir en el ejercicio de la
función pública para su responsable, honesto, justo, digno y transparente
desempeño por parte de quienes detentan la obligación de desarrollarla, en
cualquiera de las jerarquías, formas o lugares en donde la ejerzan” (art.
1°, Ley Provincial Nº 8993).
Adhieren a la Nota:
Fundación NUESTRA MENDOZA
Centro Latinoamericano de
Derechos Humanos (CLADH)
EL ARCA
Federación de Entidades no
Gubernamentales de Niñez y Adolescencia de Mendoza (FEDEM)
Asociación de Cooperativas
Vitivinícolas Argentinas (ACOVI)
Asociación Mendocina de
Expendedores de Naftas y Afines (AMENA)
XUMEK
INTEGRAR Centro de Estudios y
Desarrollo de Políticas Públicas
Asociación Civil VALOS
Fundación AVINA
Directorio Legislativo
Fundación Poder Ciudadano
Salta Transparente
Fundación para el Desarrollo de
Políticas Sustentables (FUNDEPS)
Asociación Civil por la Igualdad
y la Justicia (ACIJ)
Fuente: Parte de Prensa CLADH (Centro Latinoamericano de Derechos Humanos)
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